Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en internet
Hace tiempo que tengo la impresión de que el sentido común es un ente que fue secuestrado, violado y asesinado en algún punto indeterminado del pasado.
Si siguen el blog de David Bravo habrán podido comprobar cómo los juicios contra las páginas de enlaces a contenido «protegido», son fallados constantemente a favor del demandado, son sobreseimiento de la causa. Eso no quita para que las entidades de gestión sigan intentándolo erre que erre.
Sin embargo, muerden hueso. ¿Qué se hace en este caso? Pues como la Ley nos estorba, la cambiamos, coño, y creamos una comisión gestora que se cepilla de un plumazo la figura de los jueces en el proceso y que permitirá cerrar por toda la cara páginas con enlaces a material «protegido», y sin autorización judicial. Con dos cojones.
¿Y yo he llegado a decir que Jack Bauer es nuestro conculcador de derechos fundamentales favorito? Y una mierda. Ese dudoso honor lo tiene el Gobierno de España, por lo que veo. Y no es el único.
Hijos de puta, hay que decirlo más. Nos gobierna una caterva de idiotas que no tiene ni puta idea de tecnología, pero que bien que sabe bajarse los pantalones cuando las entidades de gestión menean el látigo.
Así que ahí va mi contribución a la causa. Suscribo el siguiente manifiesto que ha comenzado a circular de forma espontánea por la red.
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- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
