Fotografiando el Auditorio de Tenerife
En más de una ocasión algunos de mis comentaristas habituales me ha comentado (valga la redundancia) que el Auditorio de Tenerife debería aparecer en los mapas como Terra Incognita, poco más o menos. O también podríamos recurrir a aquel ejercicio de imaginación de los cartógrafos del siglo XVI, que ponían Hic Sunt Dracones en las regiones de las cuales no tenían ni puñetera idea. Total, con la misma allí había dragones.
¿Que a qué viene todo esto? Pues a que se supone que el Auditorio de Tenerife no se puede fotografiar, o al menos, que yo sepa, no se pueden publicar las fotografías que se le hagan. De todas formas, creo que si intentas sacar una foto por allí suele aparecer el típico agente de seguridad con ínfulas que te lo intenta impedir.
Desde que me lo dijeron, he estado tentado de coger un avión a Tenerife nada más que por darme el gusto de fotografiar el edificio, por joder. Pero sería un acto de jodienda un poco caro, así que he preferido dejarlo para hacerlo de paso la próxima vez que vaya al Chicharro. Hace tiempo que no voy.
Pues hoy he llegado a una anotación de mi paisano pjorge que habla precisamente de ese derecho fundamental a fotografiar el edificio que me dé la gana (suponiendo que no sea algo crítico para la seguridad del Estado y esas cosas). En su anotación enlaza la reflexión de Carlos Sánchez-Almeida sobre derechos de imagen. La reflexión es reveladora, y si no interpreto mal lo que dice, puedo sacar las fotos que me dé la gana del Auditorio de Tenerife y colgarlas en Flickr o donde me salga de las gónadas. Siempre que no utilice la imagen del Auditorio como distintivo para acciones comerciales, es decir, no lo utilice como marca. Cito textualmente:
Lo que regulan la Ley de Marcas y la Ley de Propiedad Intelectual son supuestos distintos. Lo que pretende proteger la Ley de Marcas es el signo distintivo utilizado en el tráfico económico. El verdadero fin de la norma no es impedir que se hagan fotos al Auditorio de Tenerife, sino que se utilice la imagen del Auditorio como signo distintivo por empresas distintas al propio Auditorio. En román paladino: que no se puedan imprimir cartas utilizando como logo de una empresa el Auditorio de Tenerife.
Es decir, el Auditorio de Tenerife se encuentra ultraprotegido por la Ley de Marcas, pero el artículo 35 de la Ley de Propiedad Intelectual deja bien clarito que tenemos todo el derecho del mundo a sacar una foto del Auditorio de Tenerife y reproducirla. Las dos leyes operan en ámbitos diferentes (de todas formas, tengo una amiga pseudoabogada a la que consultaré convenientemente
).
Supongo que algún día iré a Tenerife y fotografiaré el edificio, aunque lo más probable es que lo haga de lejos, con el teleobjetivo. No me apetece que aparezca un macaco que no tiene ni puta idea dispuesto a requisarme la cámara, y como no me gustan las confrontaciones y mucho menos partirle la cara a alguien que intente quitarme la cámara (soy un tío pacífico, créanme), mejor me curo en salud.
Algún día, algún día...




Moi dijo
Yo haría la foto bien de cerca, total a las malas te van a tener que pagar por daños y perjuicios, con lo que te vas a poder comprar una Nikon D3X por la jeta.
6 Mayo 2008 | 02:29 PM